Se crea la Unidad Central Especializada para la Identificación Humana y Búsqueda de Familia, como órgano encargado de coordinar acciones en materia de identificación humana y localización de sus familiares, la cual tendrá los siguientes objetivos:


  • Auxiliar a las Fiscalías de Investigación mediante acciones tendientes al análisis e identificación de personas fallecidas o sus restos humanos cuya identidad se desconozca.
  • Coadyuvar con las Fiscalías de Investigación a través de acciones relacionadas con la búsqueda y localización de familiares cuando la identidad de los cuerpos o restos humanos de las personas fallecidas ya haya sido establecida, pero no hayan sido reclamados por parte de algún familiar.
  • Coordinar acciones para la identificación, trazabilidad y paradero de los cuerpos o restos humanos de personas fallecidas de las que se desconozca su identidad y coadyuvar en la localización de sus familiares, hasta su entrega digna conforme a la normativa aplicable.
  • . Implementar los protocolos aplicables para la identificación humana y la búsqueda de familiares, en coordinación con las autoridades competentes y con base en estándares nacionales e internacionales en la materia.


La Unidad Central contará con las siguientes atribuciones:


  • Informar a los Agentes del Ministerio Público que tengan a su cargo las Carpetas de Investigación, cuando se logre la identificación de personas fallecidas no identificadas y de la localización de familiares de personas identificadas no reclamadas. 
  • Coordinar con las Fiscalías de Investigación la solicitud y seguimiento de información relacionada con la identificación de personas fallecidas no identificadas y de la localización de familiares de personas identificadas no reclamadas, así como de la notificación a sus familiares y la entrega de sus restos. 
  • Coordinar con otras instancias públicas o privadas la realización de confrontas dactilares, genéticas, fotográficas, o cualquier otra que aporte elementos para la identificación de personas fallecidas no identificadas o para la localización de familiares de personas identificadas no reclamadas. 
  • Instrumentar acciones para la confronta de datos en el Registro del Padrón Electoral del Instituto Nacional Electoral, el Sistema de Gestión e Información de Personas Extraviadas y Ausentes, el Registro Nacional de Población, el Sistema de Verificación de Actos Registrales, Plataforma México y otros sistemas o registros con información relevante.
  • Coadyuvar con las Fiscalías de Investigación en la búsqueda de familiares, a través de cualquier método que facilite la localización de personas como: visitas domiciliarias, colaboraciones interinstitucionales, publicaciones en medios de difusión, entre otros.
  • Promover con las instancias competentes el acompañamiento psicosocial y jurídico a familiares de las víctimas durante el proceso de localización, reconocimiento, notificación, reclamación, exhumación y restitución del cuerpo. 
  • Rendir informes a la persona Agente del Ministerio Público que tenga a su cargo la Carpeta de Investigación sobre los resultados obtenidos. 
  • Proponer la instrumentación de procedimientos para optimizar los procesos de identificación de personas fallecidas no identificadas o para la localización de familiares de personas identificadas no reclamadas, así como para la entrega de cadáveres o restos humanos. 
  • Establecer mecanismos de colaboración con la Fiscalía General de la República y las Fiscalías o Procuradurías de otras entidades federativas, en la identificación de personas fallecidas no identificadas o en la localización de familiares de personas identificadas no reclamadas. 
  • Proponer la suscripción de convenios de colaboración con el sector público y privado, para el establecimiento de acciones relacionadas con la identificación de personas fallecidas no identificadas o la localización de familiares de personas identificadas no reclamadas. 
  • Requerir información a las autoridades federales, locales, municipales y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, así como a los entes públicos y órganos autónomos de los distintos órdenes de gobierno, sobre la identificación de personas fallecidas no identificadas o la localización de familiares de personas identificadas no reclamadas. 
  • Gestionar la colaboración de las autoridades federales, locales, municipales y de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, así como de los entes públicos y órganos autónomos de los distintos órdenes de gobierno, para el traslado de cadáveres, restos humanos o familiares de las víctimas.
  • Las demás que se requieran para el adecuado cumplimiento de sus objetivos.