Objetivos

  •  Desde su consolidación como un organismo autónomo en 2020, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México ha implementado diversas acciones orientadas a la mejora continua y actualización de los estándares de investigación ante la muerte violenta de mujeres.


  • La Ley General de Ácceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia señala que la violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, producto de la violación de sus derechos humanos y del ejercicio abusivo del poder, tanto en los ámbitos público y privado, que puede conllevar impunidad social y del Estado; la cual se manifiesta a través de conductas de odio y discriminación que ponen en riesgo sus vidas o culminan en muertes violentas como el feminicidio, el suicidio y el homicidio, u otras formas de muertes evitables y'en conductas que afectan gravemente la integridad, la seguridad, la libertad personal y el libre desarrollo de las mujeres, las adolescentes y las niñas; por lo que en los casos de feminicidio deberán aplicarse las sanciones previstas en la legislación penal sustantiva.


  • Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México señala diversos tipos de violencia cometidos contra las. mujeres, entre los cuales se encuentra la violencia feminicida, entendiéndose por esta toda acción u omisión que constituye la forma extrema de violencia contra ellas, producto de la violación de sus derechos humanos y que puede culminar en homicidio u otras formas de muerte violenta de mujeres.


  • La reforma al Código Penal para el Distrito Federal de fecha 23 de agosto de 2024, se agregó el artículo 148 Ter, tipificando el delito de transfeminicidio, entendiéndose que comete dicho delito quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género.


  • El 19 de diciembre de 2024, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo FGJCDMX/15/2024 por el que se crea la Unidad de Investigación del Delito de Transfeminicidio y se establecen reglas de actuación inicial para casos que involucren la muerte violenta de mujeres trans y personas con identidad y/o expresión de género dentro del espectro femenino de género.Lo anterior, al considerar que la investigación de este tipo de delitos requiere criterios que involucran el conocimiento de conceptos propios como la identidad de género o expresión de género.


  • El 7 de marzo de 2025, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo FGJCDMX/04/2025 por el que se emite el "Protocolo de Investigación Ministerial, Policial y Pericial de los Delitos de Feminicidio y Transfeminicidio de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad deMéxico".

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