Dirección General de Comunicación Social
Información del puesto
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. Artículo 45.- Al frente de la Dirección General de Comunicación Social habrá un Director General quien ejercerá por sí o a través de los servidores públicos que le estén adscritos, las atribuciones siguientes: I. Planear, organizar, coordinar y ejecutar los programas de comunicación social, con sujeción a las disposiciones legales aplicables y a los lineamientos que establezca el Procurador; II. Instrumentar mecanismos y políticas que permitan fortalecer y consolidar la imagen pública de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; III. Establecer mecanismos de enlace con los medios de comunicación social; IV. Coordinar la selección y difusión de la información más relevante del quehacer de la institución y del Procurador General de Justicia del Distrito Federal; V. Difundir a través de los medios masivos de comunicación los programas, actividades y resultados obtenidos en materia de Procuración de justicia; VI. Mantener comunicación con las diferentes unidades administrativas de la institución, con el objeto de recabar la información relativa a las acciones, eventos y programas de procuración de justicia, y elaborar los boletines y documentos pertinentes; VII. Coordinar y supervisar la elaboración y reproducción de las publicaciones oficiales y síntesis periodísticas e informativas que emita la Procuraduría para su distribución interna; VIII. Dirigir y coordinar la elaboración, actualización y edición de materiales fílmicos, radiofónicos, impresos y otros documentos, relativos a las diversas acciones de la Procuraduría, y proporcionarlos a los medios de comunicación; IX. Dirigir y actualizar la página de internet de la Institución como medio masivo de difusión en coordinación con la Dirección General de Tecnología y Sistemas Informáticos; X. Coordinar y brindar el apoyo que requieran las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Institución, en la organización de eventos que requieran el apoyo de relaciones públicas; XI. Mantener un archivo actualizado de las informaciones emitidas, así como de las recopilaciones de notas periodísticas, radiofónicas, televisivas, carteles, materiales audiovisuales y otras publicaciones oficiales de la Procuraduría para su consulta por las áreas interesadas; XII. Realizar estudios y encuestas de opinión pública que permitan estructurar o modificar los programas de comunicación social de la Procuraduría para tener elementos de juicio y conocer su impacto en la sociedad; XIII. Participar en la elaboración, ejecución y supervisión de los programas de comunicación social de la Institución, en coordinación con la Dirección General de Comunicación Social del Gobierno del Distrito Federal; XIV. Atender los requerimientos o peticiones de información, dirigidos a la Oficina de Información Pública de la dependencia, en coordinación con la Dirección General de Política y Estadística Criminal de acuerdo a los lineamientos que se establezcan y de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, y XV. Las demás que de manera directa le asigne el Procurador, conforme a las actividades inherentes al cargo. |
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