Fiscalía de Ejecución Penal

Información del puesto

Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.


Acuerdo A/ 002 /2018 del C. Procurador General de Justicia en la Ciudad de México, por el que se crea la Fiscalía de Ejecución Penal. 

TERCERO.- La persona titular de la Fiscalía de Ejecución Penal, tendrá las atribuciones siguientes:


I. Definir los lineamientos y criterios que deberán seguir los agentes del Ministerio Público para su intervención en los procedimientos relativos a la concesión, modificación o revocación de los beneficios preliberacionales;

II. Acordar con los Responsables de Agencia, dentro del ámbito de su competencia, los casos en que sea procedente la petición de alguno de los beneficios preliberacionales, de acuerdo a lo que establece la ley nacional de la materia;

III. Vigilar que la intervención de los agentes del Ministerio Público en las audiencias relacionadas con los procedimientos de ejecución penal, sea conforme a las atribuciones que les correspondan;

IV. Verificar que se acrediten los requisitos legales para el otorgamiento de cualquier sustitutivo, beneficio o prerrogativa a los sentenciados con pena de prisión o medida de seguridad, en los casos que resulte procedente, de conformidad con la normatividad aplicable;

V. Supervisar que la coordinación que se establezca entre los Agentes del Ministerio Público que intervienen en el procedimiento de ejecución penal, con los de Salas Penales, resulte adecuada para que la interposición de los recursos, se realice de manera oportuna, eficaz y eficiente, conforme a la normatividad aplicable;

VI. Definir las acciones necesarias para garantizar que el desempeño del personal ministerial de su adscripción, se ajuste a las disposiciones legales aplicables;

VII. Coordinar con la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal, la presentación de los informes previos y justificados en los juicios de amparo;

VIII. Verificar que los agentes del Ministerio Público de su adscripción, intervengan en los juicios de amparo en los que son emplazados como terceros interesados; y,

IX. Las demás que establezca la Ley Nacional de Ejecución Penal y las normas legales aplicables.

Datos del titular

Es Licenciado en Derecho por la Universidad Mexicana, cuenta con una Especialidad en Justicia Penal y Derechos Humanos, es Maestro en Juicios Orales por el Centro Carbonell.

Cuenta con diversos Diplomados, Cursos, Talleres y Seminarios de Actualización, destacando siempre su incursión en las ramas del derecho penal y administrativo, dentro de los que se destacan los siguientes temas: Sistema Penal Acusatorio, Destrezas de Litigación en Juicios Orales, Cadena de Custodia, Teoría del Delito en el Sistema Penal Acusatorio, Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación como Derechos Humanos para el Servicio Público, Manejo y contención de crisis, Derecho a una vida libre de violencia, Derecho Administrativo Disciplinario, Ética Pública y Responsabilidades Administrativas, Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Así como diversos cursos impartidos por el Centro de Estudios sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho, A.C. en coordinación con la Oficina Internacional Antinarcóticos y Procuración de Justicia (INL).

Derivado del ejercicio de su profesión se ha desempeñado en diversos cargos tanto en el sector privado como público.

Escolaridad:

Licenciado en Derecho por la Universidad Mexicana